Seguro De Hogar: Qué Está Cubierto Y Qué No
El seguro de hogar es obligatorio para inquilinos y copropietarios. Antes de suscribir este tipo de contrato, conviene saber qué riesgos cubre el seguro. Te sugerimos que eches un vistazo a lo que cubre y lo que no cubre un seguro de hogar a todo riesgo.
¿Qué cubre el seguro de hogar a todo riesgo?
Tu seguro de hogar te protege e indemniza en caso de siniestro en tu vivienda, ¡pero no sólo eso!
Los seguros de hogar a todo riesgo que ofrecen la mayoría de las aseguradoras cubren los daños materiales e incluyen también la responsabilidad civil del asegurado y la responsabilidad "vida privada".
La responsabilidad civil del asegurado cubre los daños de los que podrías ser responsable (en caso de daños por agua o incendio en tu vivienda, por ejemplo) y te permite indemnizar a tus vecinos o a otros terceros que sean víctimas de estos daños.
La responsabilidad civil cubre tanto al asegurado como a los miembros de su hogar en caso de daños o siniestros causados a terceros. Esta cobertura se aplica en caso de daños corporales, materiales o inmateriales.
Atención: aunque es muy útil, la responsabilidad civil "vida privada" no se incluye sistemáticamente en todos los contratos de seguro de hogar, de ahí la importancia de comparar las ofertas y comprobar el alcance de la cobertura.
¿Qué riesgos cubre el contrato?
Por regla general, una póliza de seguro de hogar cubre los daños que puedan afectar a la vivienda y los bienes del asegurado.
Por tanto, un seguro de hogar a todo riesgo te cubre en caso de incendio, daños por agua, rotura de cristales y vandalismo de tu vivienda, congelación de tuberías, pero también catástrofes naturales y tormentas.
¿Qué bienes cubre la póliza?
Un seguro multirriesgo de hogar te permite asegurar los locales destinados a vivienda (como tu casa o piso), pero también :
- garajes y sótanos
- las dependencias construidas con materiales sólidos
- vallas y muros de contención
- las verandas, si las ha declarado al suscribir la póliza
- la parte de las partes comunes si es copropietario
Por otro lado, algunas propiedades no están cubiertas en principio por el seguro de hogar. Es el caso, en particular, de los cobertizos de jardín, las piscinas, los edificios en construcción, las tuberías exteriores, el alumbrado o las instalaciones de ocio, pero también las plantaciones y las plantas.
Por lo que respecta a los bienes muebles, en general están asegurados los bienes y objetos situados en el interior del edificio, así como las mejoras y embellecimientos realizados por el inquilino.
En cambio, el dinero en efectivo, los valores, los bienes de uso profesional y los vehículos quedan en principio excluidos de este contrato de seguro.
Nota:Los objetos de valor como obras de arte y joyas pueden estar cubiertos en función de la póliza contratada. Si su póliza incluye objetos de valor, deberá declarar su valor. Además, deberá conservar pruebas de su existencia y valor, como facturas de compra, certificados de autenticidad, fotografías y tasaciones de casas de subastas.
¿Cómo puede adaptarse el ámbito de cobertura?
Para saber qué cubre y qué no cubre tu seguro de hogar, debes consultar siempre las condiciones de tu póliza y prestar especial atención a las exclusiones de cobertura y a las franquicias.
Si deseas asegurar alguno de tus bienes que no están cubiertos por la póliza, como por ejemplo una piscina, puedes contratar una opción con tu aseguradora.
Recuerde que siempre es posible adaptar las coberturas de un seguro de hogar a todo riesgo a sus necesidades, pero la incorporación de coberturas opcionales repercutirá, lógicamente, en el importe de la prima.