El matrimonio civil es una unión legal entre dos personas que requiere un procedimiento específico. Antes de poder darse el sí quiero ante el alcalde, tendrán que realizar una serie de trámites administrativos. He aquí los 5 trámites más importantes que debe realizar antes de casarse.
1- Elegir el lugar de la boda
La primera de las formalidades para casarse es elegir el ayuntamiento donde se celebrará tu boda civil.
Un matrimonio civil puede celebrarse en el ayuntamiento del municipio donde uno de los novios tenga vínculos duraderos, es decir:
- el municipio donde está domiciliado al menos uno de los futuros cónyuges
- el municipio en el que uno de los cónyuges ha vivido durante al menos un mes
- el municipio donde uno de los padres de los futuros cónyuges tiene su residencia principal o secundaria.
Por lo general, los alcaldes aceptan la celebración de matrimonios civiles en su municipio para las personas que tienen una residencia secundaria en él o para los familiares que viven en él.
En todos los casos, póngase en contacto con el ayuntamiento para indicar su intención de casarse.
2- Elegir la fecha de la boda
Una vez elegida la comuna donde se celebrará su matrimonio civil, acuda al ayuntamiento para recoger su expediente matrimonial y elegir la fecha de la ceremonia. Averigüe de antemano si tiene que concertar una cita.
La elección de la fecha de la ceremonia es la segunda formalidad esencial para casarse.
Pero cuidado: antes de elegir una fecha de acuerdo con el ayuntamiento, infórmate también de la disponibilidad del local (sala o restaurante) donde se celebrará la recepción.
Si desea casarse por lo religioso, debe casarse primero por lo civil.
Ten en cuenta que no hay límite de tiempo entre la boda civil y la religiosa. Esto significa que no hay nada que le impida casarse por lo civil unos días o incluso meses antes de su boda religiosa.
Aunque esté ansioso por casarse y quiera hacerlo cuanto antes, debe saber que tendrá que esperar al menos 10 días después de la presentación de su expediente matrimonial y la publicación de las amonestaciones.
3- Elija a sus testigos
Otro de los trámites para casarse es la elección de los testigos.
En efecto, el matrimonio civil debe celebrarse obligatoriamente en presencia de al menos 2 testigos (uno por novio).
Cada novio tiene derecho a un máximo de dos testigos, es decir, cuatro testigos en total. Los testigos deben tener 18 años o más. En la ceremonia, su función será firmar el registro del estado civil.
A tener en cuenta: si le resulta difícil elegir a sus testigos entre sus familiares, debe saber que puede elegir diferentes testigos para la ceremonia civil y para la ceremonia religiosa.
Si no hay testigos, el personal del ayuntamiento puede actuar como testigos.
4- Prepare su expediente matrimonial
El principal trámite administrativo para casarse es recibir, completar y presentar un expediente de matrimonio.
Para cada uno de los cónyuges, deberá aportar los siguientes justificantes:
- un documento de identidad válido, por ejemplo, un documento de identidad o un pasaporte
- una copia íntegra del certificado de nacimiento con fecha de menos de 3 meses o de menos de 6 meses si ha sido expedido en un departamento o territorio de ultramar o por un consulado
Este documento no es necesario si uno de los futuros cónyuges se casa en el municipio de su lugar de nacimiento.
- prueba de dirección
- un certificado del notario si ha celebrado un contrato de matrimonio
- un certificado de celibato o de no re-matrimonio
- la lista de los testigos del matrimonio, indicando sus apellidos, nombres, fecha y lugar de nacimiento, profesión y lugar de residencia, con una copia del documento de identidad de cada uno.
- si uno de los futuros cónyuges está divorciado, un certificado de nacimiento o un certificado de matrimonio que mencione el divorcio o una copia de la sentencia de divorcio
- si uno de los dos cónyuges es viudo, un certificado de defunción del antiguo cónyuge o su certificado de nacimiento
Si uno de los dos futuros cónyuges es extranjero, deberá aportar los siguientes documentos adicionales:
- un certificado de nacimiento expedido por las autoridades del lugar de nacimiento. El certificado debe ser traducido al francés por un experto jurado o debe ser multilingüe. Debe estar legalizado o apostillado y debe tener menos de 6 meses de antigüedad en el momento de presentar la solicitud de matrimonio.
- un certificado de aduana expedido por una autoridad extranjera
- un certificado de capacidad matrimonial o un certificado de celibato expedido por la autoridad extranjera
- una lista de los traductores con una fotocopia de su documento de identidad.
Una vez reunidos todos los documentos necesarios y completado el expediente, los dos cónyuges deben acudir personalmente al ayuntamiento, con sus documentos de identidad, para presentar el expediente matrimonial.
Como norma general, se recomienda depositar el expediente matrimonial 2 meses antes de la fecha fijada para la ceremonia. Debe presentarla al menos 15 días antes de la ceremonia para respetar el plazo entre la publicación de las amonestaciones y la celebración del matrimonio.
Una vez presentado su expediente, el funcionario del registro civil puede decidir entrevistarle juntos o por separado. Esta audiencia, que es opcional, garantiza que cada uno de los cónyuges consienta el matrimonio de forma libre e informada.
5- Esperar a la publicación de las amonestaciones
El último de los trámites para casarse es la publicación de las amonestaciones. Esta formalidad obligatoria permite informar al público del matrimonio previsto.
En la práctica, la publicación de las amonestaciones consiste en pegar un cartel en las puertas del ayuntamiento donde se va a celebrar el matrimonio durante los 10 días anteriores al matrimonio.
El objetivo es informar al público del matrimonio previsto para que las personas puedan formular su oposición a esta unión, en particular si tienen conocimiento de hechos que podrían conducir a la nulidad del matrimonio (por ejemplo, la ausencia de consentimiento de uno de los futuros cónyuges o el carácter ficticio de esta unión).